Nueva leyenda para declarar efectivo dentro del país
14.11.2016 22:36
Para declarar el efectivo dentro del país, se deberá aceptar la nueva leyenda que incluyó la AFIP sobre las cuentas especiales abiertas al 31 de Octubre de 2016.
Cumplido el trámite de la apertura de la cuenta especial, se deberá ingresar al servicio con clave fiscal "Ley 27.260- Declaración voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior". En la estapa registración hay que manifestar la intención de declarar tenencias de moneda en efectivo en el país, se debe completar los datos solicitados y aceptar o rechazar la siguiente leyenda:
"Manifiesto en carácter de declaración jurada que los comprobantes de depósito a emitir corresponden a "Cuentas Especiales Ley Nro 27.260- Régimen de Sinceramiento Fiscal" que han sido abiertas al 31 de octubre de 2016, la/s cual/es ha/n sido gestionada/s de acuerdo con lo establecido por la comunicación "A" 6022 del BCRA."
En caso de presionar aceptar, el sistema permitirá cargar los datos informados. En cambio, si se rechaza la leyenda, no se podrá continuar con la carga.
Una vez aceptada la leyenda, en la etapa "opciones" se registrará la tenencia de moneda nacional o extranjera, indicando CBU de la cuenta especial en la cual se depositarán las tenencias de dinero en efectivo, importe a exteriorizar y tipo de moneda.
Para depositar el dinero en efectivo hay tiempo hasta el 21 de noviembre de 2016.
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