Cuando se cobra la ayuda escolar

07.03.2017 16:38

La asignación familiar por ayuda escolar anual es el pago que realiza una vez al año la ANSES por la escolaridad o rehabilitación, del hijo o hijo con discapacidad. Esta asignación se abona solamente a uno de los padres. 

Su cobro le corresponde a:
 
-Trabajadores registrados
 
-Titulares de la prestación por desempleo
 
-Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo
 
-Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
 
-Titulares de una jubilación o pensión del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
 
-Titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social
 
-Monotributistas
 

¿Cuándo se cobrará?

 

La Liquidación Masiva
Se efectúa en los períodos de puesta al pago marzo y abril de cada Ciclo Lectivo, según el sistema liquidador, a todos aquellos CUIL relacionados que tengan derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y/o Hijo con Discapacidad.

Liquidación Extraordinaria
Se efectúa a partir del período de marzo de cada año, contra presentación del Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación”, antes del 31 de diciembre de cada año. 
 

¿Cómo es el Trámite?

 

Internet

 

Completar e imprimir el formulario que se encuentra en la web ingresando a: PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación”

Llevarlo al establecimiento para ser completado y sellado.

Enviar el formulario certificado por el colegio o centro de rehabilitación ingresando a Acreditación de Escolaridad on line.

Presencial

 

Solicitar el formulario en una oficina de ANSES o imprimirlo desde aquí (Formulario PS 2.68).

Llevarlo al establecimiento para ser completado y sellado.

Presentarlo en una oficina de ANSES, solicitando previamente un turno desde aquí, o a través del teléfono 130.

 

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